El Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 5 de San Isidro, presidido por la Dra. Marcela López Ramos, junto a los Dres. Pablo Rolón y Silvestre Díaz, determinó duras condenas para los responsables del incendio y posterior muerte de cuatro pacientes ocurridas en la granja de rehabilitación Resiliencia San Fernando, de Pilar.
Este viernes el tribunal condenó a Emanuel Cambra, director de la comunidad terapéutica, a 35 años de prisión, por los delitos de incendio doloso seguido de muerte cometido con dolo eventual, reducción a la servidumbre, asociación ilícita y estafas.
También fueron condenados Eliana Wawric (vicepresidente de Resiliencia y esposa de Cambra) a 25 años, por los mismos delitos; Alejandra Machado (administrativa, ex esposa de Cambra) a 20 años, por los mismos delitos y Alejandro Merenzon (director de admisión) a 18 años por asociación ilícita, estafas y tenencia de armas.
El psiquiatra Andrés Samsolo y la psicóloga Alejandra General fueron absueltos por el beneficio de la duda.
En el juicio la Unidad de Investigaciones y Protección de Derechos en Salud Mental (UIP) de la Asociación para la Reducción de Daños de Argentina (ADRA), a través de la Dra. Magalí Ledesma, representó a 3 de las familias víctimas de Resiliencia San Fernando mientras que la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) fue particular damnificado en su calidad de mecanismo local de prevención de la tortura.
El caso
El 22 de febrero de 2022, tras un incendio en esta granja de rehabilitación clandestina de La Lonja, la cual no contaba con una habilitación del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, cuatro usuarios de drogas y del sistema de salud mental perdieron la vida. Ellos se llamaban: Nicolás Ezequiel Bisbal (37), José Nahuel Castaño (22), Rodrigo Ariel Moreno (25) y Nicolás Claudio Ortiz (24).
Tres meses antes del incendio, en noviembre de 2021, ya había muerto Ezequiel Ibarra, ahogado en la pileta, tras tener un ataque de epilepsia. A pesar de esta muerte, la comunidad no fue clausurada por el Estado.
Cambra fue condenado también por el homicidio culposo de Ezequiel.
Tras las condenas, desde ADRA remarcaron que “es la primera vez en la historia de Argentina que son condenados por reducción a la servidumbre directores y administrativos de una comunidad terapéutica”.
El TOC 5, a su vez, pidió la “elevación de las actuaciones y la totalidad de lo producido en el debate al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires para su conocimiento y efectos que podrían corresponderle”.
“Buscamos que no haya más muertes ni violaciones a los Derechos Humanos de las personas que usan drogas. Y que estas ´cárceles privadas´, como se alegó durante el juicio, sean clausuradas”, completaron.